jueves, 12 de abril de 2012

Modelos 660 y 650 para nuestra herencia en Sevilla y Andalucia

¿Que son los modelos 660 y 650 que me piden en hacienda para nuestra herencia en Sevilla y Andalucia?

Los modelos 660 y 650 que nos pide la Junta de Andalucia para la presentación de nuestra herencia ante la delegación de economía y hacienda de la Junta, son los que hay que cumplimentar relacionando todos los bienes, derechos y cargas concernientes a nuestra herencia.

Se deberá rellenar un modelo 660 para cada fallecido, por ejemplo, si fallece nuestro padre y nuestra madre en Sevilla, deberemos rellenar un modelo 660 por cada uno de ellos.

Lo modelos 650 serán para los herederos, es decir, se deberá rellenar un modelo 650 por cada heredero, relacionando todos los bienes, derechos y cargas incluidos en nuestra herencia. Este modelo, una vez que lo hayamos rellenado debidamente, nos determinará que cantidad deberemos abonar a la Junta por nuestro impuesto de sucesiones. En la mayoría de los casos, las herencias en Sevilla y Andalucia están exentas de pago, pero todo dependerá del importe total que debamos percibir, pues la exención del impuesto es de hasta 175.000 € por cada heredero de primer grado (es decir, para los hijos), siendo esta mucho menor en caso de ser los herederos de nuestro tío, primo, etc... en cuyo caso nos tocará pagar en la mayoría de los casos.

Para un estudio pormenorizado de su herencia, calculo de sus impuestos, y determinación de un presupuesto más pormenorizado, contacte con nuestra gestoría al 954 368804 o por correo electrónico a oficina@gestduque.com

1 comentario:

  1. en la declaracion de bienes despues de la muerte de mi marido, vimos que el coche que estaba a su nombre no ha sido incluido, como lo tengo que declarar. ahora necesito venderlo y esta a nombre de el

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